/ sábado 10 de abril de 2021

Fallan a favor de joven acusado de presunta violación en Acapulco

El acusado logró demostrar su inocencia con las pruebas periciales que recabó la propia Fiscalía General del Estado

Tras estar sujeto a vinculación a proceso del Juez de Control de Enjuiciamiento Penal adscrito al Distrito Judicial de Tabares, por el delito de violación, Eduardo "N" logró demostrar su inocencia con las pruebas periciales que recabó la propia Fiscalía General del Estado.

Después de poner fin a su pesadilla, el propio Eduardo "N", relató que el día 8 de marzo de 2021, fue puesto a disposición del Juez de Control al darse curso a la denuncia presentada en su contra por Daniela “N”, por el presunto delito de violación.

El día 14 de marzo de 2021, dijo, que le fue dictado Auto de Vinculación a Proceso, al considerar el Juez que con la sola imputación de la denunciante (que durante la investigación modificó sustancialmente sus versiones) y a pesar de la negativa categórica de haber incurrido en este deleznable delito, hasta esa fecha era procedente someterlo a proceso.

La resolución no implicó prejuzgar sobre su culpabilidad, que solo se determina al dictarse sentencia definitiva.

Con posterioridad al Auto de Vinculación a Proceso, se practicó por las autoridades la prueba de ADN de las muestras obtenidas de la denunciante al inicio de la investigación, con su ADN, determinándose que no existía coincidencia con los fluidos que analizaron en el laboratorio y por tanto que no tuvo contacto sexual con la agraviada como lo afirmó en la denuncia.

Eduardo "N", explicó que la prueba de ADN es reconocida mundialmente por su veracidad y confiabilidad y ha permitido que, incluso, personas condenadas injustamente han sido declaradas inocentes después de pasar varios años en la cárcel.

Con motivo del resultado concluyente de la prueba de ADN, y considerando que la única prueba de cargo era la imputación de la denunciante no corroborada con otras pruebas, se solicitó al Juez el sobreseimiento de la causa.

Fue así como el día 9 de abril de 2021, con presencia de todas las partes interesadas, se celebró la audiencia, en la que el Juez determinó que ante la nueva evidencia concluyente de su inocencia, lo procedente era ponerlo en inmediata libertad.

Dijo que en todo momento tuvo la convicción de su inocencia y confió plenamente en la independencia de las autoridades judiciales y ministeriales del Estado de Guerrero, que al final se dio un fallo en estricto apego a derecho y con pleno respeto a sus garantías individuales, al llegarse a la verdad de los hechos.

Tras estar sujeto a vinculación a proceso del Juez de Control de Enjuiciamiento Penal adscrito al Distrito Judicial de Tabares, por el delito de violación, Eduardo "N" logró demostrar su inocencia con las pruebas periciales que recabó la propia Fiscalía General del Estado.

Después de poner fin a su pesadilla, el propio Eduardo "N", relató que el día 8 de marzo de 2021, fue puesto a disposición del Juez de Control al darse curso a la denuncia presentada en su contra por Daniela “N”, por el presunto delito de violación.

El día 14 de marzo de 2021, dijo, que le fue dictado Auto de Vinculación a Proceso, al considerar el Juez que con la sola imputación de la denunciante (que durante la investigación modificó sustancialmente sus versiones) y a pesar de la negativa categórica de haber incurrido en este deleznable delito, hasta esa fecha era procedente someterlo a proceso.

La resolución no implicó prejuzgar sobre su culpabilidad, que solo se determina al dictarse sentencia definitiva.

Con posterioridad al Auto de Vinculación a Proceso, se practicó por las autoridades la prueba de ADN de las muestras obtenidas de la denunciante al inicio de la investigación, con su ADN, determinándose que no existía coincidencia con los fluidos que analizaron en el laboratorio y por tanto que no tuvo contacto sexual con la agraviada como lo afirmó en la denuncia.

Eduardo "N", explicó que la prueba de ADN es reconocida mundialmente por su veracidad y confiabilidad y ha permitido que, incluso, personas condenadas injustamente han sido declaradas inocentes después de pasar varios años en la cárcel.

Con motivo del resultado concluyente de la prueba de ADN, y considerando que la única prueba de cargo era la imputación de la denunciante no corroborada con otras pruebas, se solicitó al Juez el sobreseimiento de la causa.

Fue así como el día 9 de abril de 2021, con presencia de todas las partes interesadas, se celebró la audiencia, en la que el Juez determinó que ante la nueva evidencia concluyente de su inocencia, lo procedente era ponerlo en inmediata libertad.

Dijo que en todo momento tuvo la convicción de su inocencia y confió plenamente en la independencia de las autoridades judiciales y ministeriales del Estado de Guerrero, que al final se dio un fallo en estricto apego a derecho y con pleno respeto a sus garantías individuales, al llegarse a la verdad de los hechos.

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