/ jueves 13 de septiembre de 2018

Corte invalida ley que permitía matrimonios del mismo sexo en Jalisco

El pleno de la SCJN consideró que se dieron "graves violaciones" al procedimiento legislativo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó en su totalidad, el decreto por el que se expidió la Ley de Libre Convivencia del Estado de Jalisco, al considerar que se dieron graves violaciones al procedimiento legislativo.

Las disposiciones de dicha ley fueron publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad el 1 de noviembre de 2013, e impugnadas por la Procuraduría General de la República y Diputados Integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco.


En sesión de este jueves, los ministros consideraron que la aprobación del decreto se dio sin respetar los plazos establecidos para el proceso legislativo, pues la norma fue aprobada como urgente, sin que se hubiesen satisfecho los requisitos para ello.

“Lo anterior impidió que se llevará a cabo una deliberación democrática, con plena participación de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de aquella entidad”, señalaron.

El objeto de esta ley era regular la libre convivencia, la cual, de acuerdo al mismo ordenamiento, es un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de otorgarse ayuda mutua.

La ley señala que entre los convivientes se generan derechos sucesorios, mismos que estarán vigentes a partir del registro de la libre convivencia, aplicándose al efecto lo relativo a la sucesión legítima. Otro beneficio es que los protagonistas del acuerdo tienen el derecho de reclamar beneficios derivados de pensiones y prestaciones sociales.

Para concretar la libre convivencia se deberá realizar ante el registro civil el trámite correspondiente que implica proporcionar los datos personales de los celebrantes, así como especificar que no tienen impedimento legal para hacerlo. La relación económica patrimonial se regirá por el de separación de bienes previsto en el Código Civil del Estado de Jalisco.

Los ministros indicaron que los efectos de esta resolución, se darán a su notificación al Congreso de Jalisco, sin que se vean afectados los actos jurídicos que hayan sido celebrados por los particulares, en términos del ordenamiento invalidado.



El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó en su totalidad, el decreto por el que se expidió la Ley de Libre Convivencia del Estado de Jalisco, al considerar que se dieron graves violaciones al procedimiento legislativo.

Las disposiciones de dicha ley fueron publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad el 1 de noviembre de 2013, e impugnadas por la Procuraduría General de la República y Diputados Integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco.


En sesión de este jueves, los ministros consideraron que la aprobación del decreto se dio sin respetar los plazos establecidos para el proceso legislativo, pues la norma fue aprobada como urgente, sin que se hubiesen satisfecho los requisitos para ello.

“Lo anterior impidió que se llevará a cabo una deliberación democrática, con plena participación de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de aquella entidad”, señalaron.

El objeto de esta ley era regular la libre convivencia, la cual, de acuerdo al mismo ordenamiento, es un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de otorgarse ayuda mutua.

La ley señala que entre los convivientes se generan derechos sucesorios, mismos que estarán vigentes a partir del registro de la libre convivencia, aplicándose al efecto lo relativo a la sucesión legítima. Otro beneficio es que los protagonistas del acuerdo tienen el derecho de reclamar beneficios derivados de pensiones y prestaciones sociales.

Para concretar la libre convivencia se deberá realizar ante el registro civil el trámite correspondiente que implica proporcionar los datos personales de los celebrantes, así como especificar que no tienen impedimento legal para hacerlo. La relación económica patrimonial se regirá por el de separación de bienes previsto en el Código Civil del Estado de Jalisco.

Los ministros indicaron que los efectos de esta resolución, se darán a su notificación al Congreso de Jalisco, sin que se vean afectados los actos jurídicos que hayan sido celebrados por los particulares, en términos del ordenamiento invalidado.



Local

Con 180 cuartos reabrirá hotel Fiesta Americana Condesa

Celebra alcaldesa reapertura de otro hotel a más de un año de Otis

Estado

Comparece Anacleta López Vega ante el Congreso del Estado

La funcionaria presentó un informe donde expuso la situación de la Secretaría General de Gobierno, destacando la intervención del gobierno estatal en la atención de desastres naturales

Local

Bloquean Costera de Acapulco; exigen pago de censo por John

Damnificados por el huracán John se manifiestan con sus cintillos en mano nuevamente en la Costera Miguel Alemán para exigir el pago del apoyo económico

Estado

UAGro gestiona más recursos ante el Congreso de la Unión

Durante la gestión con los legisladores del Congreso de la Unión, el rector Javier Saldaña Almazán, presentó los avances que la UAGro ha logrado desde el 2013 a la fecha

Local

Ejidatarios bloquean vialidades en Acapulco para exigir apoyos

Pobladores toman ambos carriles del viaducto Diamante y la carretera Acapulco-Pinotepa para exigir apoyos económicos tras afectaciones en sus huertas por el paso del huracán Otis

Local

Suspenderán obras en la Costera durante vacaciones de diciembre

La alcaldesa de Acapulco, Abelina López Rodríguez, pedirá se detengan los trabajos para no afectar a los turistas que visiten el puerto