/ viernes 8 de mayo de 2020

Juez ordena la suspensión provisional de la construcción del Tren Maya en Chiapas

Se detienen las obras en Palenque, Salto de Agua y Ocosingo para salvaguardar la salud del pueblo maya Ch’ol

Villahermosa, Tabasco.- Con la finalidad de salvaguardar la salud del pueblo maya Ch’ol, el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas otorgó la suspensión sobre las obras del Tren Maya en el tramo de Palenque, considerada una de las obras emblemáticas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez tomó la decisión ante la pandemia de Covid-19 que se vive en el país y que de continuar el proyecto, en estos momentos representa un riesgo de mayor contagio para la población.

La federación debe abstenerse de realizar actividades de la ejecución del proyecto en los municipios de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, de acuerdo a lo que determinó el Juzgado.

Sin embargo, la suspensión decretada es provisional y la definitiva se resolverá en audiencia el 14 de mayo.

El pasado 7 de mayo, diversas personas pertenecientes al pueblo maya Ch´ol presentaron una demanda de amparo en contra del Presidente de la República, del Secretario de Salud Federal y del Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) por la emisión tanto del acuerdo del 6 de abril emitido por el Secretario de Salud, como del decreto del 23 de abril firmado por el Jefe del Ejecutivo, mediante los cuales se determinaba la continuación de Tren Maya a pesar de la pandemia derivada del coronavirus.

Añadieron que la continuación del tren violaba su derecho a la salud por el riesgo de contagio, poniendo en riesgo el derecho humano principal a la vida.

Asimismo, argumentaron que mantener los trabajos en época de pandemia les impedía participar en las manifestaciones de impacto ambiental y social a las que como comunidades tienen derecho frente a cualquier tipo de megaproyecto.

Al resolver sobre la admisión del amparo y la suspensión, la Juez determinó que era procedente otorgar la suspensión, pues en estos momentos debe darle valor preponderante al derecho a la salud, pues los trabajos que conlleva tal infraestructura requieren despliegue de diversas actividades que debe realizar un grupo numeroso de personas y en consecuencia las mismas requerirán aumento de actividades en sus zonas públicas.

"Esta situación de manera indudable potenciarían el riesgo de los habitantes de la comunidad maya Ch’ol de contraer el virus Covid-19 y en esa misma proporción disminuiría la posibilidad de ser atendidos y recuperarse al evadir las reglas dadas por las autoridades sanitarias para la contención del multicitado virus, esto es cumplir resguardo domiciliario corresponsable y sana distancia, al permitir a los pobladores y no pobladores la realización de actividades distintas a las esenciales de alimentación, atención médica, seguridad, movilidad interna, servicios funerarios, servicios públicos indispensables (agua, alcantarillado, luz)”, se lee en la resolución.

La Juez no sólo priorizó el derecho al a salud de los habitantes, sino también reconoció que los trabajos del tren maya bajo este contexto podría afectar otros derechos fundamentales de ese pueblo originario, como el agua, el medioambiente y recursos naturales

Los integrantes de las comunidades maya esperan que el 14 de mayo se ratifique la suspensión para no dejarlos en estado de indefensión frente a los riesgos que entraña la continuidad del Tren Maya.

Villahermosa, Tabasco.- Con la finalidad de salvaguardar la salud del pueblo maya Ch’ol, el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas otorgó la suspensión sobre las obras del Tren Maya en el tramo de Palenque, considerada una de las obras emblemáticas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez tomó la decisión ante la pandemia de Covid-19 que se vive en el país y que de continuar el proyecto, en estos momentos representa un riesgo de mayor contagio para la población.

La federación debe abstenerse de realizar actividades de la ejecución del proyecto en los municipios de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo, de acuerdo a lo que determinó el Juzgado.

Sin embargo, la suspensión decretada es provisional y la definitiva se resolverá en audiencia el 14 de mayo.

El pasado 7 de mayo, diversas personas pertenecientes al pueblo maya Ch´ol presentaron una demanda de amparo en contra del Presidente de la República, del Secretario de Salud Federal y del Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) por la emisión tanto del acuerdo del 6 de abril emitido por el Secretario de Salud, como del decreto del 23 de abril firmado por el Jefe del Ejecutivo, mediante los cuales se determinaba la continuación de Tren Maya a pesar de la pandemia derivada del coronavirus.

Añadieron que la continuación del tren violaba su derecho a la salud por el riesgo de contagio, poniendo en riesgo el derecho humano principal a la vida.

Asimismo, argumentaron que mantener los trabajos en época de pandemia les impedía participar en las manifestaciones de impacto ambiental y social a las que como comunidades tienen derecho frente a cualquier tipo de megaproyecto.

Al resolver sobre la admisión del amparo y la suspensión, la Juez determinó que era procedente otorgar la suspensión, pues en estos momentos debe darle valor preponderante al derecho a la salud, pues los trabajos que conlleva tal infraestructura requieren despliegue de diversas actividades que debe realizar un grupo numeroso de personas y en consecuencia las mismas requerirán aumento de actividades en sus zonas públicas.

"Esta situación de manera indudable potenciarían el riesgo de los habitantes de la comunidad maya Ch’ol de contraer el virus Covid-19 y en esa misma proporción disminuiría la posibilidad de ser atendidos y recuperarse al evadir las reglas dadas por las autoridades sanitarias para la contención del multicitado virus, esto es cumplir resguardo domiciliario corresponsable y sana distancia, al permitir a los pobladores y no pobladores la realización de actividades distintas a las esenciales de alimentación, atención médica, seguridad, movilidad interna, servicios funerarios, servicios públicos indispensables (agua, alcantarillado, luz)”, se lee en la resolución.

La Juez no sólo priorizó el derecho al a salud de los habitantes, sino también reconoció que los trabajos del tren maya bajo este contexto podría afectar otros derechos fundamentales de ese pueblo originario, como el agua, el medioambiente y recursos naturales

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