El Colegio de Abogados del Estado de Guerrero rechazó la Iniciativa de Ley que adiciona al Artículo 177 TER denominado Terapias de Conversación, al Código Penal del Estado.
En conferencia de prensa argumentaron que la iniciativa es incongruente, no cuenta con sustento legal, además de tener una serie de inconsistencias que no fueron analizadas señaló el presidente del Colegio Victor Omar Contreras Flores.
El abogado Victoriano Sánchez Carbajal dijo que tienen la responsabilidad social, ya que es preocupante que se pretenda encarcelar a los papás, tutores, profesionistas que vaya en ejercicio de su libertad, ya que violentan diversos derechos constitucionales.
“Violá el principio de laicidad porque se pretende interponer una ideología ahora en las familias y eso atenta en contra de la constitución y viola los derechos de las niñas, niños y adolescentes porque atenta también con una serie de derechos humanos que han sido reconocidos entre tratados internacionales de los cuales se ha acogido México”.
La iniciativa pretende castigar a padres de familia con 1 a 9 años de prision, así como a terceras personas quienes buscan suprimir en la orientación sexual identidad o expresión de género de sus hijos.
Propusieron que se lleve a cabo un test de proporcionalidad en cuanto a los derechos humanos que aducen ellos y se protegen con esa iniciativa de ley que es libre desarrollo de la personalidad en relación o contra puesta de los derechos humanos de los padres y de las familias.
Los expertos en leyes destacaron que no se puede imponer la ideología de género ahora por la fuerza o pena de cárcel en las familias en el sentido
Por lo anterior, los abogados solicitaron una audiencia con autoridades del gobierno estatal así como a la Junta de Coordinación Política para hacerles saber cuáles son las deficiencias de ese proyecto de iniciativa.
Contreras Flores refirió que en caso de que la iniciativa sea aprobada por el Congreso del estado se tienen programados unos amparos a través de un juez de distrito, ya que están velando por el interés superior del menor y tienen el derecho como padres a guiarlos y orientarlos con lo cual no cambiarán su orientación sexual.