Guerrero ya puede revocar mandato del gobernador

Legisladores del Congreso local aprobaron reformas a la Constitución para revocar el mandato del gobernador a los tres años de gobierno

Abel Miranda / El Sol de Acapulco

  · viernes 24 de mayo de 2024

El acuerdo fue aprobado por unanimidad y entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. /Foto: Cortesía @CongresoGro

El Congreso del estado aprobó reformas a la Constitución político local con la que se establecen los procedimientos que deben aplicarse para solicitar la revocación del mandato de un gobernador, mismo que tendría que solicitarse por 264 mil 325 guerrerenses enlistados en el padrón para votar.

De acuerdo con lo aprobado por el Congreso, quienes soliciten la revocación del mandato a un gobernante deben reunir el 10 por ciento de las firmas de las personas inscritas en el listado nominal, que en el corte que se utilizará en la elección del dos de junio contempla 2 millones 643 mil 250 registros.

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Además de que se debe tener solicitantes de al menos la mitad más uno de los municipios, es decir de que debe hacer representaciones de 45 municipios en las listas de ciudadanos que pidan la revocación de mandato.

La revocación de mandato se debe solicitar tres meses después de que se haya cumplido los primeros tres años de gobierno y se realizará ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), que será el encargado de validar los documentos y notificar al Congreso del Estado que se realizará la consulta popular.

El Instituto Electoral tendrá un plazo de 50 días a partir de que reciba los documentos para convocar a la consulta y en caso de que el gobernante fuera removido, el Congreso dentro de los 30 días siguientes, y por el voto de las dos terceras partes del número total de sus miembros, nombrará a un gobernador sustituto, quien concluirá el período constitucional.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad y de acuerdo con los tiempos de la ley en Guerrero, entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Otro de los puntos específicos que se establecieron es que la consulta no se puede realizar mientras se tenga abierto un proceso electoral o de participación ciudadana local o federal y sólo podrá realizarse en una ocasión durante el periodo gubernamental y se realizará mediante votación libre, directa y secreta, y será vinculante cuando la participación corresponda como mínimo al 40 por ciento de dicha lista y la votación sea por mayoría absoluta,

El dictamen se integró de dos iniciativas con el mismo tema, una presentada por los diputados Héctor Apreza Patrón y Manuel Quiñónez Cortés (con licencia), y la otra por la diputada Jessica Ivette Alejo Rayo también con licencia.