Exonera TEE al ex delegado Pablo Amilcar Sandoval

Desecha el fallo de la Comisión de Quejas del IEPC

José Francisco Zorroza | El Sol de Acapulco

  · martes 27 de octubre de 2020

Foto: Martín Gómez | El Sol de Acapulco

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) Guerrero, exoneró al ex delegado del gobierno federal Pablo Amilcar Sandoval Ballesteros respecto a las medidas cautelares determinadas el pasado 22 de octubre por la Comisión de Quejas del IEPC de Guerrero, quien le otorgó un plazo de 24 horas para retirar los anuncios espectaculares que se desplegaron en varios municipios, al no considerarlos como actos anticipados de precampaña.

El caso registrado en el expediente TEE/PES/004/2020, lo resolvió la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, quien argumentó en su resolución que no se hace un llamado al voto en los anuncios, sin embargo, determinó también devolver el caso al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana para que dé seguimiento a su mandato y la aplicación de medidas en contra de la revista 99 Grados.

Durante la sesión virtual que se realizó desde el TEE en Chilpancingo, el secretario de acuerdos dio lectura al proyecto de Hilda Rosa donde se establece que “no se satisfacen elementos subjetivos que revele la intención de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de alguna persona o partido para contender en un proceso electoral o se advierta la finalidad de promover u obtener la procuración de una precandidatura, candidatura o cargo de elección, circunstancia que resulta suficiente para exonerar al presunto infractor y determinar que la misma se considera inexistente”.

El TEE determinó resolver por mayoría declarar inexistentes las infracciones atribuidas a Sandoval Ballesteros y devolver el cuaderno auxiliar de las medidas cautelaras a la autoridad instructora. Al momento del voto, la mayoría de los integrantes del Tribunal votó apoyó el proyecto de Delgado Brito, pero la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol sufrago en forma concurrente.

La magistrada Hilda Rosa estimó que se resolvió el procedimiento con un apercibimiento de aplicación de multa, sin embargo dijo que la revista tiene el mismo mandato de retirar la publicidad por lo que al incumplimiento de la revista se devuelve el cuadernillo para que den seguimiento al mandato y a la aplicación de las medidas.

“Por consiguiente esto no concluye con esta resolución porque tendríamos las medidas cautelares ordenadas por el IEPC que es la autoridad competente que está conociendo de este asunto”, señaló.