El que fuera candidato de la coalición PRI-PRD en el municipio de Acapulco Ricardo Taja Ramírez, fue declarado, por el Tribunal Electoral del Estado, culpable de violencia política en razón de género en agravio de la hoy alcaldesa electa Abelina López Rodríguez, que habría cometido por declaraciones que realizó en el marco del proceso electoral del pasado seis de junio.
Abelina López denunció a Ricardo Taja por violencia política en razón de género, esto luego de las expresiones que el priista utilizó durante una entrevista que fue difundida en Facebook el 27 de mayo y el 25 del mismo mes en la página web de un periódico estatal, en la que afirmó que Abelina López, al no tener hijos, no podría gobernar Acapulco como él, que es padre de familia.
El proceso legal que se siguió en el Tribunal Electoral del Estado concluyó este día y como sanción se otorgó una amonestación pública al excandidato de la alianza PRI-PRD.
De igual forma, el órgano jurisdiccional amonestó al PRI, partido en que milita Taja Ramírez, por “culpa in vigilando”, la sanción se turnó también al Instituto Electoral del Estado para que el nombre de Taja Ramírez se le coloque en la lista de las personas sancionadas.
La magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, que fue la ponente del caso propuso declarar existente la infracción denunciada, pues consideró que las frases vertidas por Taja Ramírez representan estereotipos y la asignación de un rol de género en perjuicio de Abelina López, porque se refieren a su condición de mujer.
Afirmó que el priista cuestiona la capacidad de la candidata de defender a las familias de Acapulco por no tener hijos y hace énfasis reiteradamente a su condición de hombre e integrante de una familia.
Por ello, Eugenio Alcaraz concluyó que las palabras utilizadas por Taja Ramírez tenían un contenido que buscaba inhabilitar y demeritar la posible candidatura de Abelina López en principio por ser mujer y secundariamente por no ser madre, “pero sustancialmente, en contra sentido, por no ser hombre y de familia”.