El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó cancelar el registro de José Rigoberto Gálvez Espinobarros, como candidato a Presidente Municipal de Atlamajalcingo del Monte, para el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, por estar inhabilitado para ocupar un cargo público.
De acuerdo al proyecto emitido por la Ponencia V de la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, la cancelación fue por unanimidad de votos, en razón de que Rigoberto Gálvez es inelegible al cargo de Presidente Municipal de Atlamajalcingo del Monte, al no cumplir con el requisito establecido en el artículo 46, último párrafo de la Constitución Política del Estado, en relación con el 10 fracción X de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, por estar inhabilitado para ocupar un cargo público por resolución ejecutoriada emitida por autoridad competente.
En la Trigésima primera sesión publica de resolución no presencial, las y los Magistrados validaron el Recurso de Apelación (RAP) con número de expediente TEE/RAP/016/2021, promovido por Daniel Meza Loeza, Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), ante el Instituto Electoral y Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO).
Por lo que el Pleno TEEGRO, ordenó al Consejo General del IEPCGRO, para que en un plazo de 24 horas cancele la candidatura del ciudadano José Rigoberto Gálvez Espinobarros, para la presidencia Municipal del Municipio de Atlamajalcingo del Monte y solicité al PRI que, en un plazo de 24 horas, a partir de la notificación, sustituya al candidato antes referido.
En la misma sesión el Pleno del TEEGRO aprobó por unanimidad de votos desechar de plano el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) con número de expediente TEE/JEC/153/2021, promovido por el ciudadano Ernesto Fidel Payán Cortinas, en contra de “la omisión y/o negativa de registrar a Ernesto Fidel Payán Cortinas, como candidato a gobernador por el Partido Morena, para participar en el Proceso Electoral 2020-2021”, juicio que fuera reencauzado a este Tribunal Electoral por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por acuerdo de fecha uno de mayo del año dos mil veintiuno, emitido en el expediente número SUP-JDC-747/2021.
De acuerdo al proyecto de la Ponencia III de la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, la demanda fue desechada en virtud de que se actualizó la improcedencia del medio de impugnación por un cambio de situación jurídica.
Ello porque la omisión ha sido solventada con la emisión del Acuerdo 121/SE/23-04-2021, por el que se le niega el registro como candidato sustituto a la Gubernatura del Estado de Guerrero por el partido Morena, lo cual, si bien no fue en el sentido que pretendía el actor, si con las formalidades legales para considerar que el acto reclamado consistente en la omisión de la responsable ha quedado sin materia.