El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) canceló registros de candidaturas de Diputaciones Locales de mayoría relativa, postuladas por los partidos políticos Movimiento Ciudadano (MC) en el Distrito 10, Fuerza por México (FXM) en el Distrito 02 y Morena en el Distrito 27, ello porque no entregaron documentación completa o no realizaron sustituciones conforme se los obliga la ley electoral.
La determinación del Consejo General, establecieron los Consejeros, fue de conformidad con lo dispuesto por el artículo 277, fracción II de la Ley Electoral Local, que establece que, no se podrán sustituir candidaturas por renuncia cuando esta se presente dentro de los treinta días anteriores al de la elección, lo que para el caso concreto fue el pasado seis de mayo del año en curso.
Debido a esto se cancelaron registros de los partidos MC y FXM quienes omitieron presentar las sustituciones correspondientes en los distritos 10 y 02 respectivamente¡, en la misma sesión se canceló la candidatura suplente del Distrito Electoral 27, postulada por Morena, en virtud de que incumplió con la acreditación de los requisitos de autoadscripción calificada y vínculo comunitario, lo que le era exigible, al tratarse de un distrito reservado para postulación indígena.
Durante esta sesión extraordinaria se aprobaron las sustituciones de las candidaturas de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa, realizadas por los partidos políticos. Del Partido Encuentro Solidario en el Distrito 27, de MC en los Distritos 08, 15, 20, 23 y 27, del Partido FXM en el Distrito 05 y 19, de la Coalición conformada por los Partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM) en el Distrito 20; mientras que el Partido Redes Sociales Progresistas (RSP) realizó cambios en los Distritos 03 y 06.
De igual forma, una vez analizada la documentación presentada por el partido político Morena, se verificó el cumplimiento de los requisitos legales y se aprobó el registro de las fórmulas de candidaturas a Diputaciones Locales por el principio de representación proporcional, esto en cumplimiento a la resolución emitida por la Sala Regional Ciudad de México, en los expedientes SCM-JDC-553/2021 y SCM-JDC-931/2021 acumulados.