Aprueban sanciones por corrupción

La 61 Legislatura local afirmó que serán económicas y de inhabilitación con el nuevo Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero

  · martes 21 de agosto de 2018

CHILPANCINGO, Gro.- La 61 Legislatura local aprobó el nuevo Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero, para imponer sanciones a servidores públicos y particulares que cometan actos de corrupción.


Tales sanciones serán económicas y de inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, sumadas al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública o a los entes públicos estatales o municipales.


En el 2004, tras su aprobación en el Congreso local, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Código de Procedimientos Contenciosos Administrativos del Estado, el cual tenía como finalidad substanciar y resolver las controversias en materia administrativa y fiscal de los particulares, las autoridades del Poder Ejecutivo estatal, municipios y de los organismos descentralizados y demás competentes aplicables de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios de Guerrero.


Sin embargo, éste ya no responde a las expectativas de las actuales reformas constitucionales en materia de anticorrupción, por ello los diputados consideraron necesario el nuevo Código de Procedimientos de Justicia Administrativa del Estado, a efecto de homologarlo con la nueva Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, para que se garantice un ordenamiento congruente con la Constitución federal y estatal y la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado.


Además, este nuevo Código de Procedimientos ayudará a sustanciar y resolver las responsabilidades administrativas de los servidores públicos y particulares vinculados con faltas graves, promovidas por la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental y los órganos internos de control de los entes públicos estatales o municipales, o por la Auditoría Superior del Estado, para la imposición de sanciones en términos de lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades Administrativas.


Asimismo, imponer a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública estatal, municipal o al patrimonio de los entes públicos.

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