El abogado constitucionalista, Miguel Carbonell Sánchez, expresó que no está de acuerdo que se militarice al país, al pretender que la Guardia Nacional dependa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), “lo dice la Constitución y debería de haber equilibrios, división de poderes, incluso, más análisis, crítica y posiblemente de autocrítica, aunque la congruencia no es una característica de nuestra clase política”.
Lo anterior lo expresó en entrevista minutos antes de ofrecer su conferencia “Una Jueza Federal en tu vida” en un salón de un hotel de la zona dorada del puerto de Acapulco, en donde al preguntársele su punto de vista sobre el tema, referente a la Guardia Nacional, señaló que ya ha señalado que el artículo 21 de la Constitución y el 13, en relación al alcance del fuero militar y el artículo 129 que estable que en tiempos de paz las fuerzas armadas no pueden realizar ninguna otra función o tarea, más que las estrictamente vinculadas con la disciplina militar, lo que no permitiría que avanzará esta lógica de militarizar una institución que tiene que ser de carácter civil”.
En ese sentido, el orden Constitucional mexicano establece una distinción entre función militar y la civil. La tarea de seguridad pública, la reserva a instituciones de carácter civil.
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Admitió que hay un estado de derecho en construcción, con todavía muchos retos y desafíos, que se deben de ir atendiendo y que de momento deberían de generar preocupación entre la ciudadanía. Lo más sano en un país de derecho, es que haya equilibrios y que haya la división de poderes, independientemente que haya mayoría en el Congreso que fuera a fin de quien ejerce el poder ejecutivo.
Reflexionó que espera que, sea cual sea el resultado de militarizar instituciones de seguridad pública, lo más importante es combatir la impunidad, porque lo cierto es que los índices de homicidios siguen muy altos, la incidencia delictiva sigue siendo preocupante en el país.
Con datos oficiales del INEGI, la encuesta nacional de victimización e inseguridad, todavía son datos muy preocupantes, “hay entidades federativas con homicidios muy altos. Les pongo un ejemplo, el índice de homicidios de acuerdo a la ONU por país, en Honduras, tienen 88 homicidios por cada cien mil habitantes. En un estado de México está al doble, pues registra 179 homicidios por cada cien mil habitantes y es Colima. Entonces lo primero es arreglar eso, la realidad es dura y son datos oficiales”, apuntó.
En ese orden, se le preguntó también su opinión sobre la prisión preventiva oficiosa, Carbonell Sánchez, sostuvo que es contraria a los señalamientos que ha fijado la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, al recordar que México ha firmado tratados internacionales en la materia, que lo obliga a observar estos estándares, por lo que mientras se mantenga el carácter oficioso no se estarían respetando y se incurriría en una contradicción de la práctica jurídica mexicana.
El Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, España e Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), al ahondar sobre el tema de esta medida cautelar, que es motivo de debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre si es constitucional esta medida o no, desde su particular punto de vista si viola los derechos humanos.
La imposición de este tipo de medidas cautelares se da cuando tiene carácter oficioso de manera automática, esto implica que cuando se acusa a una persona por una cierta modalidad delictiva, que está señalada en el artículo 19, párrafo segundo de la Constitución, el proceso se le sigue privada de su libertad. Esto, para algunos conocedores del derecho, es contrario el procedimiento que ha fijado la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, preciso.
Señaló que México ha firmado tratados y convenios internacionales, en materia de derechos humanos, que lo obliga a observar estos estándares, pero mientras se mantenga la prisión preventiva con carácter oficioso, no se estarían respetando y se estaría en una situación de inconvencionalidad, es decir, de contradicción de la práctica jurídica mexicana, con lo que establecen los tratados internacionales.
El abogado constitucionalista, Carbonell Sánchez, refirió además que está medida está en la Constitución Mexicana, en el Código Nacional de Procedimientos Penales y, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, inició una discusión sobre si este estándar se puede mantener o viola los derechos humanos, “diversos integrantes de este pleno fijaron ya su postura y seguramente en las sesiones que habrán de venir, ministros y ministras, decidirán la legalidad de este procedimiento cautelar, que, por cierto, durante el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, multiplicó su uso al incrementar el número de delitos para su aplicación en automático.
Al respecto, el profesionista del derecho, Miguel Carbonell, indicó que lo que dice la Corte Interamericana de los Derechos Humanos es que la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, se tiene que justificar caso por caso, en la que se debe de ver las circunstancias específicas y el hecho que se le está imputando a una persona, haciendo énfasis que el argumento no es estar en contra de la figura misma, sino como se impone. Junto está también la justificada, que es cuando el Ministerio Público argumenta y el juez, valora el procedimiento, “el problema es cuando es en automático, porque es como una especie de subsidio para las fiscalías, para que no tengan la carga argumentativa y es ahí donde le veo el problema”.