Todos los trabajadores tienen derecho al aguinaldo, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual establece que es una obligación del patrón y un derecho irrenunciable de parte del trabajador.
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2023?
La Ley indica que esta prestación debe ser entregada a los empleados antes del 20 de diciembre de cada año. El monto deberá ser al menos de 15 días de salario con base en la cantidad total de salarios percibidos durante el año calendario anterior.
¿Qué pasa si no me pagan mi aguinaldo?
Los patrones que no cumplan con esta obligación pueden hacerse acreedores a una multa. El artículo 1002 de la LFT establece que "Por violaciones a las normas de trabajo se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización". Esta sanción sería de entre 5,187 y 518,700 pesos.
¿Si la empresa no tuvo utilidades, puede negar el aguinaldo?
Bajo ninguna circunstancia el patrón podrá argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no cumplir con su obligación o reducir el monto del mismo, señala la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿Puedo reclamar el aguinaldo de años anteriores?
La LFT indica en su artículo 516 sobre prescripciones para ciertas acciones, como el reclamo de prestaciones laborales en caso de que el empleador no cumpla con su responsabilidad, por lo que en el caso del aguinaldo el límite para reclamarlo e imponer denuncia ante la negativa de su pago es de un año.
¿Cómo denunciar la falta de pago del aguinaldo?
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.
La Profedet brinda sus servicios gratuitos en cualquiera de sus 47 representaciones o en los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741, además del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
La Procuraduría puede asignarte un abogado que de inicio puede trataría de llevar a cabo una mediación entre el trabajador y el patrón, antes de dar inicio a una demanda formal, toda la asesoría legal es completamente gratuita.
Si tu patrón insiste en no cumplir con su obligación, para iniciar la demanda es necesario que compruebes tu relación laboral con los siguientes documentos:
- Un contrato.
- Una credencial de empleado.
- Recibos de nómina.