El próximo domingo, 11 de agosto, organizaciones de la sociedad civil como: ”Seguimos en marcha”, “Unidos”, “Marea rosa”, encabezadas por el Frente Cívico Nacional, presentaremos un escrito ante el INE -tanto en la Ciudad de México, como en diversas ciudades de todos los estados- protestando en contra del golpe que se pretende dar a la Constitución Política de nuestro país y, por tanto, a la incipiente democracia que vivimos. Imperfecta, sí; pero al fin una democracia que nos ha permitido ciudadanizar y dar autonomía a los órganos electorales, a instituciones como el INAI, el CONEVAL, entre muchos otros.
Porque lo que pretende MORENA es tener una mayoría calificada en el Congreso para desaparecer la autonomía del Poder Judicial, así como la de las instituciones arriba mencionadas. Tal como ya lo hacen con las pensiones y como lo han hecho con los Fondos que crearon administraciones pasadas, un centenar de fideicomisos, los derechos fundamentales de los ciudadanos, derogando el juicio de amparo; y que todas las leyes, las determinaciones, las obras, las concesiones, las sentencias vengan de la voluntad de un solo partido político -léase de una sola persona- sin que haya recurso alguno (de inconstitucionalidad o de controversia constitucional) que se lo impida.
¿Y cómo lo pretenden realizar? Logrando que el INE y, en su caso, el TRIFE interpreten abstrusa y contradictoriamente el artículo 54 de la norma constitucional. Sí, por un lado quieren que se interprete literalmente la fracción quinta de ese artículo, pero no desean que se haga con la fracción primera. Me explico, es contundente el artículo al establecer lapidariamente lo siguiente: “La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley.”
¿Y cuáles son esas bases? Lo dice claramente la fracción primera al disponer que “Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales.” Es decir, lo primero que el órgano electoral debe realizar es comprobar si un partido político registró candidatos, en por lo menos 200 distritos de mayoría relativa. Si no lo hizo, entonces no tiene derecho a diputados plurinominales. Es el caso de todos los partidos políticos, menos el de Movimiento Ciudadano, que no registraron candidatos propios, sino en coalición. Por tanto, en la interpretación literal de la norma ninguno tiene derecho a plurinominales. El presidente López ha pedido que se interprete literalmente la fracción quinta del mismo artículo. Ello le daría a MORENA y sus partidos satélite-rémora-validos el 74 por ciento de las curules, habiendo tenido una votación del 54 por ciento; y en detrimento de la coalición PAN, PRI y PRD que obtuvieron el 45 por ciento de los votos, quedándose con el 25 por ciento en la Cámara. El Congreso debe representar cabalmente la proporción de sufragios ciudadanos.